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16/02/2021

La Inamovilidad del padre trabajador

Fuero paternal

En la actualidad, la inamovilidad del padre trabajador nos resulta familiar dentro del ámbito laboral, pero, no siempre fue así.

Para entrar en contexto sobre su incorporación en el manejo de las relaciones laborales en nuestro país, traeremos a colación una sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de hace 20 años atrás (21-02-2001), que ante una Acción de Amparo Constitucional intentado contra un acto de efectos particulares dictado por el Ministerio de Finanzas, señaló lo siguiente: 

“Analizados los elementos expuestos por el accionante en el escrito contentivo de la acción de amparo constitucional, la Sala observa que el accionante aduce que goza de fuero especial equiparable, en cuanto a sus efectos, al fuero maternal previsto en la Ley Orgánica del Trabajo vigente, por la circunstancia de que su esposa se encontraba embarazada, motivo por el cual pretende disfrutar de un derecho que corresponde a ésta. Ahora bien, aun cuando es cierto que nuestra Constitución establece la igualdad y la prohibición de todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición, el accionante no puede pretender una protección laboral que corresponde a la categoría de género para el que ha sido legalmente instituida.” (Resaltado nuestro)

Como podemos apreciar, la Sala Constitucional niega la protección del fuero paternal al padre solicitante, fundamentándose  en que la intención del legislador fue proteger al género femenino y no era extensible al hombre y declara Sin Lugar el Amparo Constitucional.

Pues si bien nuestra Constitución, en los artículos 75 y 76, consagran el derecho a la protección integral de la maternidad, la paternidad y la familia “como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas”, no es hasta el 20 de septiembre de 2007, que sale publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley de Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, la cual señala en su artículo 8:

“El padre, sea cual fuere su estado civil, gozará de inamovilidad laboral hasta un año después del nacimiento de su hijo o hija, en consecuencia, no podrá ser despedido, trasladado o desmejorado en sus condiciones de trabajo sin justa causa, previamente calificada por el Inspector o Inspectora del Trabajo. En los procedimientos en materia de inamovilidad laboral previstos en la legislación del trabajo solo podrá acreditarse la condición de padre mediante el Acta de inscripción del niño o niña en el Registro Civil o en el Sistema de Seguridad Social.

La inamovilidad prevista en este artículo se aplicará a los padres, a partir de la sentencia de adopción de niños o niñas con menos de tres años de edad. (…)”

Como podemos apreciar, avanzamos sustancialmente con la existencia de una normativa que protege especialmente a la paternidad, pero, limitado el derecho a la inamovilidad especial del padre dentro del año siguiente al nacimiento de su hijo o hija, es decir, no consideró necesario el legislador, extender la protección al igual que la de la mujer trabajadora embarazada, que es desde el inicio de su embarazo.

Y así, se mantuvo la situación hasta que…..

En el año 2010, la misma Sala Constitucional a través de un Recurso de Revisión contra sentencia de la Sala Político Administrativa de fecha 29-05-2009, señaló que:

(…) esta Sala observa que, en el caso concreto, la decisión de la Sala Político Administrativa desconoció esa tuición especial a la familia, dentro de la cual se incluye, por igual, a la maternidad y la paternidad, lo cual causó que se hiciera una errónea y desajustada interpretación del artículo 8 de la Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, respecto de los valores constitucionales de la familia. Esa visión no acorde con los postulados constitucionales permitió a la Sala Político-Administrativa la conclusión de que el ciudadano (…= no gozaba de inamovilidad laboral por fuero paternal, ya que había sido despedido doce (12) días antes del nacimiento de su hija y no después del mismo.

En efecto, esta Sala considera que existe un trato discriminatorio del (sic) y violatorio al derecho de la igualdad cuando la Sala Político-Administrativa dispuso que la inamovilidad del padre, por fuero paternal, comienza desde del nacimiento del hijo y no desde cuando se tiene conocimiento del embarazo, tal como lo regula la Ley Orgánica del Trabajo para la mujer.

Ciertamente, si se parte del hecho de que lo que se persigue es la protección de la familia y de los hijos, debe concluirse que ante una misma situación fáctica (maternidad o paternidad), en criterio de la Sala Político-Administrativa, existen dos situaciones disímiles, según se trate de la inamovilidad del padre trabajador o de la madre, por fuero paternal o maternal, cuando, en realidad, tal figura jurídica, más que la protección al padre o a la madre, procura la protección integral de la familia. (…)”

(…)

Por tanto, esta Sala Constitucional juzga que la interpretación del artículo 8 de la Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, que hizo la Sala Político-Administrativa, se aparta del sentido y alcance de las normas constitucionales que protegen integralmente a la familia, a la paternidad y maternidad, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce por igual, en el artículo 76.

En este sentido, la Sala juzga, ante el vacío de la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad en la determinación del punto de partida de la inamovilidad del padre trabajador, que ésta comienza desde la concepción, todo ello en coherencia con lo que preceptúa la Ley Orgánica del Trabajo respecto de la inamovilidad por fuero maternal y en salvaguarda al derecho a la igualdad y no discriminación. 

Este extracto, merece un comentario. La Sala Político-Administrativa se limitó a la aplicación la disposición legal contemplada en el artículo 8 de la Ley de Protección a la Familia, la Maternidad y la Paternidad, cuando señala que la inamovilidad se iniciaba después del nacimiento del hijo o hija, y no tenía competencia para interpretar el artículo 8, ya que esa prerrogativa le corresponde a la Sala de Casación Social por estar dentro del ámbito de sus funciones.

También debemos señalar que su contenido fue de orden público y se ordenó su publicación en Gaceta Oficial, bajo el título de “Interpretación  constitucional del artículo 8 de la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad”, igualmente se indicó que los efectos de la misma, serán después de su publicación, en el entendido que gozan del fuero paternal los trabajadores padres de quienes estén concebidos actualmente. Mención especial tiene el hecho de que la sentencia cuenta con dos (2) votos salvados, los cuales recomendamos su lectura.

Finalmente, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012) estableció en el artículo 339 titulado Licencia por paternidad, cuyo párrafo final, incluyó el fuero paternal:

                               “(…)

Adicionalmente. Gozará de protección especial de inamovilidad laboral al padre trabajador durante el embarazo de su pareja hasta dos años después del parto. También gozará de esta protección durante los dos años siguientes a la colocación familiar de niños o niñas menores de tres años.

Como vemos, en este caso, fueron los requerimientos de los ciudadanos al intentar sus demandas, los que impulsaron la evolución las instituciones jurídicas en el derecho laboral.

¡Hasta la próxima semana!